En Europa el final de la década de los ochenta se caracterizó por un importante cambio estructural en los sistemas productivos y la aparición de un modelo económico liderado por empresas de servicios e industriales de alta tecnología, lo que provocó una caída de las actividades clásicas agrícolas e industriales. Todo ello favoreció la concentración relativa de las actividades económicas en las regiones más avanzadas y en las grandes ciudades con el consecuente cierre de empresas y aumento del paro en aquellas zonas de baja industrialización, agrícolas o poco dinámicas y el consiguiente incremento de los desequilibrios territorial a nivel europeo afectando, sobre todo, a las zonas rurales. La comisión Europea, consciente de esta situación, presentó en 1991 una novedosa iniciativa denominada LEADER.
Tras varios Marcos Comunitarios, PRODER (1996-2000), PRODER-ANDALUCIA (2000-2006), este modelo de organización y gestión, o enfoque de abajo a arriba, se ha consolidado como una buena forma de gestión de estos programas de desarrollo rural, corroborado por la continuidad del modelo, llegando en el actual Marco Comunitario al programa LIDERA (2007-2013)
La marca "LiderA" aúna en su denominación la palabra "Líder", castellanización del anglicismo "Leader", muy conocido en las políticas
de desarrollo rural y la "A"deAndalucía y suma a su representación gráfica un elemento de gran fuerza visual como es la maceta con geranios, un icono identificativo de nuestros pueblos que, al mismo tiempo, simboliza la necesidad de apoyo -suele colgarse de una pared- y de los cuidados, que sólo pueden proporcionar las personas.
Se define a "LiderA" como "una política de desarrollo rural hecha por y para las personas", que son las que, a través de sus correspondiente GDRs deciden cuál es la estrategia más adecuada para su zona, gestionando también las ayudas para los distintos proyectos. Se trata, por tanto, de "un enfoque ascendente, de abajo a arriba, de las políticas de desarrollo rural europeas, que ha contado siempre con un claro referente en Andalucía, donde ha cosechado magníficos resultados".
Financiar iniciativas productivas que generan empleo, promover servicios a la población y seguir manteniendo el patrimonio y medio ambiente de nuestros municipios rurales son algunos de los retos que los grupos de desarrollo rural deben asumir de cara a los próximos años para seguir avanzando en términos de calidad de vida en los entornos rurales, como lo han hecho hasta el momento.
Así, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), contempla el enfoque LEADER como método alternativo de intervención de las administraciones públicas en el medio rural, consistiendo fundamentalmente este método en desarrollar un conjunto de intervenciones sobre un ámbito concreto, mediante la aplicación de una estrategia de desarrollo territorial, siendo los Grupos de Desarrollo Rural los protagonistas fundamentales de su ejecución y los territorios rurales o comarcas los protagonistas y elementos decisorios de su estrategia de desarrollo.
El marco actual "LiderA" 2009-2015 cuenta con una partida presupuestaria para ayudas a emprendedores rurales de 516 millones de euros, para una primera asignación del primer período 2009-2011, a los GDRs, que abarcan el 90% del territorio andaluz.
De esta cantidad la Comarca Sierra de Cazorla cuenta con 5.104.852 € de ayuda pública en diferentes ámbitos de actuación.
2. EJES
El Reglamento (CE) 1698, de 20 de septiembre de 2005, del Consejo, establece el nuevo marco de ayudas al desarrollo rural para el periodo 2007 - 2013, por medio del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER). Este Fondo establece que un porcentaje será ejecutado siguiendo la metodología LEADER (basado en un enfoque territorial, mediante el aprovechamiento de los recursos locales, de manera que se primen los proyectos innovadores y con carácter demostrativo). Basado en este Reglamento europeo, la Junta de Andalucía definió el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007 - 2013 (PDR), que contempla las posibles intervenciones que se podrán acometer en Andalucía para incrementar los niveles de desarrollo de los territorios rurales. Estas intervenciones se clasifican en 4 ejes:
3. GRUPOS DE INTERVENCIÓN SUBVENCIONABLES
MEDIDA 411 - MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRARIO Y FORESTAL
Código
Grupo de intervenciones del Plan de Actuación Global
B111.1
Formación de profesionales del sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.
B111.2
Información relativa a productos, servicios y recursos relacionados con el sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.
B121.1
Modernización de explotaciones agrícolas y ganaderas
B122.1
Aumento del valor económico de los bosques.
B123.1
Aumento del valor añadido de productos agrícolas, ganaderos y forestales.
B124.1
Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías.
B125.1
Creación y desarrollo de infraestructuras para la adaptación del sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.
MEDIDA 412 - MEJORA DEL ENTORNO Y DEL MEDIO AMBIENTE
B216.1
Conservación de la naturaleza y el paisaje en explotaciones agrícolas y ganaderas
B227.1
Conservación de la naturaleza y el paisaje en zonas forestales
MEDIDA 413 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA Y DIVERSIFICACIÓN ECONÓMICA DE ZONAS RURALES
B311.1
Diversificación hacia actividades no agrarias ni forestales.
B312.1
Ayudas a microempresas
B313.1
Apoyo a empresas del sector turístico
B313.2
Apoyo a las asociaciones empresariales y profesionales turísticas
B313.3
Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas de apoyo al turismo rural.
B313.4
Diseño y promoción de productos y servicios turísticos
B321.1
Apoyo a empresas que presten servicios a la economía y/o la población rural
B321.2
Apoyo a las asociaciones empresariales y profesionales no agrarias
B321.3
Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas de apoyo al desarrollo económico sostenible
B321.4
Promoción e información relativa a productos, recursos y servicios para el desarrollo económico
B321.5
Mejora de los servicios que faciliten el acceso al empleo.
B321.6
Información, asesoramiento y sensibilización para el fomento de la integración y la vertebración social de la población rural
B321.7
Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas para la calidad de vida.
B322.1
Modernización y adaptación de los municipios rurales y su entorno
B323.1
Concienciación, conservación y protección del patrimonio rural.
B331.1
Formación de profesionales relacionados con la diversificación de la economía rural
B331.2
Formación y asesoramiento para la capacitación y la inserción laboral.
B341.1
Elaboración de estudios, planes y evaluaciones
B341.2
Dinamización de agentes y promoción de la estrategia de desarrollo rural
B341.3
Adquisición de capacidades por parte del equipo técnico del Grupo de Desarrollo Rural
4. ESTADO DE EJECUCIÓN
5. FASES
El flujo de procesos de un proyecto hasta su pago presenta el siguiente esquema:
Es posible que el propio emprendedor/promotor elabore su propia solicitud, memoria y declaraciones a través de la herramienta CREAR (aunque dada su complejidad se aconseja usar los servicios que ofrecen los CADE´s y ALPE´s de cada municipio)
Simplemente tendríamos que descargar el programa del siguiente link:
Una vez instalado el archivo, tendremos que actualizar la herramienta (bien desde el panel de noticias o bien desde buscar actualizaciones)
8 - CRITERIOS DE BAREMACIÓN
Los criterios básicos son establecidos por la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, su baremación es de obligada aplicación y son comunes para todo el territorio rural andaluz – ponderación del 70 %
CRITERIOS BÁSICOS
PUNTUACIÓN MÁXIMA
EMPRESA
NO EMPRESA
1 - Carácter innovador del proyecto
5
6
2 - viabilidad económica y financiera de la entidad.
6
3 - Creación, mejora o consolidación de empleo
15
8
4 - Modalidad del proyecto
5
5
5 - Utilización de factores productivos locales o comarcales
8
6 - Conocimientos técnicos y/o profesionales del promotor
6
8
7 - Contribución al desarrollo sostenible del territorio /grado de impacto ambiental
6
8
8 - Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
10
10
9 - Contribución a la mejora de la calidad de vida.
5
10
10 - Contribución a la conservación del patrimonio rural.
4
15
TOTAL
70
70
CRITERIOS ADICIONALES
PUNTUACIÓN MÁXIMA
EMPRESA
NO EMPRESA
A- FORMA JURÍDICA DE LA ENTIDAD PROMOTORA DE LA INVERSIÓN
5
20
B- RATIO INVERSIÓN / EMPLEO.
15
C- CONTRIBUCIÓN A CORREGIR LOS DESEQUILIBRIOS SOCIOECONÓMICOS
10
10
TOTAL
30
30
PLUSES PORCENTUALES
PONDERACIÓN
A - Nivel de adecuación del proyecto a la estrategia del Grupo de Desarrollo Rural
6 %
B - Interés social del proyecto
9 %
TOTAL
15 %
9. NORMATIVA
•Reglamento (CE) núm. 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre financiación de la política común. • Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). • Reglamento (CE) núm. 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). • Reglamento (UE) núm. 65/2011 de la Comisión, de 27 de enero de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural. • Reglamento (CE) núm. 259/2008 de la Comisión, de 18 de marzo de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo en lo que se refiere a la publicación de información sobre los beneficiarios de fondos procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). • Reglamento (CE) núm. 885/2006 de la Comisión, de 21 de junio de 2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1290/2005 del Consejo, en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER. • Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013. • Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). • Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis. • Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013. • Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013. • Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas. • Real Decreto 1852/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen los criterios para subvencionar los gastos en el marco de los Programas de Desarrollo Rural cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). No obstante, serán de aplicación supletoria las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la Junta de Andalucía, y en concreto las siguientes: • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera. • El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley. • El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. • La vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. • El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. • La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. • La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. • La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. • La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. • El Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet).